En la hora de vivir en una comunidad de propietarios pueden aparecer enfrentamientos entre vecinos por los recursos económicos de la comunidad que se destinan al mantenimiento o a la reparación de desperfectos de las zonas comunitarias. De hecho, si por un imprevisto se tiene que reparar alguna parte de la comunidad de propietarios, y no se tienen dinero ahorrado, pueden venir los problemas. Por eso, para tener buena parte de estos daños y desperfectos cubiertos, es recomendable contratar un seguro de comunidad de vecinos, con las garantías y coberturas que se crean más convenientes para prevenir y evitar “derramas” inesperadas.
Y es que, en un edificio pueden ocurrir una gran cantidad de accidentes. Se pueden desgastar o romper por el uso algunas partes del edificio o de las instalaciones. Alguien puede causar desperfectos. Incluso, un vecino o vecina puede ocasionar daños materiales a elementos comunes. Y cada caso es diferente.
Un ejemplo
De hecho, el 13 de diciembre del 2021 salió una sentencia sobre un caso en el cual, el vecino sufrió un siniestro en su casa, pero derivó en daños en el ascensor. La sentencia resolvió que el siniestro del ascensor estaría cubierto según la condición del vecino o vecina en la póliza contratada. En este caso, el titular o la titular de un hogar que ha causado daños a elementos comunes, como puede ser el ascensor del edificio, no puede ampararse en el seguro de la comunidad de propietarios/propietarias, puesto que no se lo considerará asegurado, sino responsable. Aun así, si la póliza indica lo contrario, no se aplicará esta condición y la incidencia quedará cubierta por la aseguradora.
En resumen, el seguro de las comunidades de vecinos da cobertura a desperfectos causados por terceros. También, apoya a los propietarios y propietarias ante posibles siniestros que puedan ocasionarse en las zonas comunes o relativas a la gestión de la comunidad.
Gastos imprevistos
En caso de no disponer de un seguro para la comunidad de propietarios, los vecinos y vecinos tendrán que pagar la reparación, de acuerdo con el porcentaje que le pertenece por coeficiente de participación en la comunidad.
Por este motivo, siempre es recomendable tener un seguro de la comunidad, ya sea que dé garantías más básicas hasta las más completas. Este tipo de seguro se encarga de cubrir incidencias que puedan ocurrir en el edificio y sus zonas comunitarias (por ejemplo: daños en portal, escala, fachada, jardín comunitario, patios de la comunidad de vecinos, incendios…). La principal ventaja de tener este tipo de seguro, por lo tanto, es que la comunidad de propietarios no tenga que hacer frente a gastos imprevistos cuando se producen contratiempos o daños en el edificio.
Cuáles son estas garantías o coberturas?
Garantías Básicas
- Garantía de incendio y similares.
- Garantía de responsabilidad civil, defensa y fianzas.
- Garantía de rotura de lunas, espejos y vidrios.
- Garantía de robo.
- Asistencia 24 horas.
- Defensa jurídica básica.
Garantías Optativas
- Garantías de daños causados por aguas comunitarias.
- Garantía de responsabilidad civil y daños por aguas de canalizaciones privadas y privativas.
- Hurto.
- Ampliaciones de rotura de vidrios, etc.
- Garantía de reconstrucción de zonas ajardinadas y recreativas, y garantía de rotura de maquinaria.
- Daños estéticos.
- Garantía de vehículos en garaje.
- Accidentes personales.
- Garantía de fondos comunitarios, infidelidad y reposición de documentos.
- Reclamación a propietarios por gastos impagados y reclamaciones en contratos de arrendamiento.
- Defensa jurídica ampliada.
- Extensión de garantías.
Como siempre, ante cualquier duda, ¡llámanos! Sabremos asesorarte, para tu tranquilidad y la de los tuyos. Teléfono. 93 429 59 69. Dirección: C/Fulton, 20 BCN