Nueva regulación de los alquileres de temporada en Barcelona

Si alquilas un piso en Barcelona por temporadas, deberías tener en cuenta que la Generalitat de Catalunya ha aprobado un decreto que regula los alquileres temporales. A partir de ahora, solo se podrán destinar a ocio, vacaciones o congresos profesionales, entre otros casos. Esta medida de urgencia se ha puesto en marcha para evitar que los propietarios de viviendas esquiven la regulación de precios en las zonas de mercado tenso. 

Y es que, desde el pasado mes de marzo, Catalunya cuenta con un índice de referencia de precios al alquiler que limita legalmente la renta máxima que se puede pagar en los 271 municipios declarados como zona tensionada, siempre y cuando se cumplan unos determinados supuestos (que el propietario sea un gran tenedor o que la vivienda no se haya anunciado en el mercado en los últimos 5 años, por ejemplo).

Nuevo decreto ley

El nuevo Decreto Ley aprobado por el Govern el 24 de abril de 2024 modifica varios artículos de la Ley Catalana del Derecho a la Vivienda (18/2007), especificando que los alquileres de temporada (para fines de ocio, vacaciones, recreativos o culturales) se consideran usos distintos al de vivienda habitual y, por lo tanto, no están sujetos a la contención de rentas.

La clave de la regulación es la consideración de que solo el uso turístico o recreativo se puede considerar alquiler de temporada. Así pues, un alquiler por una estancia limitada, que no sea por motivo vacacional sino por estudios o trabajo, cubre las necesidades de vivienda permanente y por ello debe cumplir con las obligaciones de la legislación española aprobada en mayo de 2023. Para justificar la condición de vivienda, el casero deberá documentar el motivo de la temporalidad al depositar la fianza en el Instituto Catalán del Suelo (Incasol).

En el resto de casos, se deberá aplicar el índice de precios al alquiler, siempre que el piso se alquile para fines profesionales, laborales, de estudios, atención médica, o similares, aunque sea de duración temporal. El nuevo decreto considera que estos usos son compatibles con la necesidad de vivienda permanente y el alquiler deberá estar topado.

Regular los usos de los pisos

El decreto indica la obligatoriedad de especificar en todos los contratos de alquiler la causa o finalidad del mismo. De no especificarse, se considerará como vivienda permanente.

Además, los anuncios deberán especificar el precio de referencia del alquiler, la renta del último contrato y si el propietario es un gran tenedor.

En caso de no cumplir con estas normas, los anunciantes se expondrán a sanciones. También serán sancionados los propietarios que repercutan al arrendatario gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato, por ejemplo. Y las multas podrán ir de los 3.000 a los 900.000 euros en función de la gravedad del caso.

Regulación de los alquiler de habitaciones

Otro de los aspectos que regula el nuevo decreto es el arrendamiento de habitaciones. La nueva norma indica que la suma de las rentas de los contratos de arrendamiento de habitaciones en un mismo inmueble no podrá exceder la renta máxima aplicable si el inmueble se alquilase como una unidad y se encuentra en zona tensionada.

Objetivo, ampliar el parque de vivienda

El objetivo de la nueva regulación es ampliar el parque de vivienda. El decreto fortalece la capacidad de la Generalitat para aumentar el parque público de alquiler mediante el derecho preferente de compra de viviendas en zonas de mercado residencial tensionado si estas se encuentran a la venta y a nombre de grandes tenedores y personas jurídicas, o en casos de ejecución hipotecaria.

También se aprueba la reducción del porcentaje de disponibilidad de los recursos de las fianzas de 10% a 5% por parte del Institut Català del Sòl (Incasòl) para que pueda tener más efectivo disponible para adquisiciones y otras operaciones.